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¿Debo aceptar un contrato fijo discontinuo?

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¿Debo aceptar un contrato fijo discontinuo?

En la actualidad existen una gran cantidad de contratos a los que empresas y trabajadores pueden acogerse. Algunos son de sobra conocidos, pero otros aún plantean muchas dudas a los trabajadores. Uno de estos casos es el contrato fijo discontinuo. 


¿Qué es un contrato fijo discontinuo?


Los contratos fijos discontinuos son aquellos que se dan cuando una empresa tiene picos de producción elevados durante ciertas temporadas, pero siempre de carácter recurrente. Un claro ejemplo de esto son las heladerías en la época de verano o las tiendas de los centros comerciales en rebajas o en Navidades, por citar algunos ejemplos. Pues bien, para hacer frente a estos excesos de producción temporal y cíclica, la empresa puede ofrecer contratos indefinidos a los trabajadores, pero únicamente en estos periodos.


Este tipo de contrato se presta a muchas confusiones con el contrato eventual, ya que a priori resultan muy similares. La principal diferencia de estos es que el eventual solo se puede realizar en el caso de excesos puntuales de carga de trabajo, mientras que en el fijo discontinuo, como ya hemos comentado,  la carga debe ser cíclica y conocida de antemano.


Las particularidades de un contrato fijo discontinuo


Pese a que es un contrato vigente, no todo el mundo lo conoce y muchos son los que no sabrían decir si es un tipo de contrato conveniente o no. Por eso vamos a enumerar sus particularidades:

  • El contrato se debe formalizar según el modelo oficial del Servicio Público de Empleo Estatal y siempre por escrito.

 

  • En el contrato se deberá incluir, de manera obligatoria, la duración de la actividad, la forma de llamamiento que se establezca por convenio colectivo, la jornada laboral prevista y el horario en que se llevará a cabo la actividad.


  • La jornada es, obligatoriamente, completa, exceptuando los casos en los que se demuestre que, por peculiaridades del sector/actividad, sea necesario contratar al trabajador solo media jornada.


¿Es conveniente aceptar un contrato fijo discontinuo?


Es posible que tengas dudas acerca de si debes aceptar un contrato fijo discontinuo o no. Para ayudarte con esta pregunta, hay que analizar primero una serie de consideraciones típicas sobre este contrato:

  • Existe la seguridad de que te llamarán para trabajar, según lo que esté fijado en el convenio. En el caso de que no te llamen cuando realmente deberían hacerlo, se podría demandar a la empresa.

 

  • Si, en el momento del llamamiento al trabajo, no puedes acudir por causas de fuerza mayor, conservas el derecho a ser avisado para las siguientes temporadas.

 

  • Si, cuando te llamen para trabajar, estás en situación de baja laboral, deben incorporarte al llamamiento; en caso contrario se puede considerar despido improcedente.

 

  • El no acudir voluntariamente al llamamiento se considera baja laboral voluntaria y puede acarrear la finalización del contrato. 


Además de lo comentado anteriormente, debes saber que tienes derecho a percibir la prestación por desempleo en los momentos en que el contrato se interrumpa, siempre y cuando cumplas con el tiempo mínimo de cotización de 360 días. Entonces tendrás derecho a percibir la prestación por desempleo, que quedará paralizada en el momento en que te incorpores al trabajo y reanudada cuando este finalice.


Otro punto que se debe tener en cuenta es el de poder trabajar para otras empresas en los momentos en los que el contrato fijo discontinuo quede interrumpido. En principio sí puedes trabajar en otros empleos, siempre y cuando no se considere un trabajo desleal para la empresa y siempre que no hayas firmado un contrato de exclusividad con ella.

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