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Gastos deducibles en el IRPF en este 2019
Ya ha empezado el período de la renta 2018, en el que hay que saldar las cuentas con Hacienda del pasado año. Muchos autónomos afrontan esta época con un cierto nerviosismo porque se entremezcla con las obligaciones del primer trimestre y porque no tienen claro qué gastos deducibles tienen que incluir en la declaración. En las siguientes líneas te mostramos cuáles son.
¿Cuáles son los gastos deducibles en el IRPF en 2019?
A la hora de analizar los gastos que te puedes deducir como autónomo hay una serie de cuestiones que debes tener en cuenta:
- El gasto debe estar relacionado con tu actividad económica.
- Debes justificar el gasto con un documento acreditativo.
- Tendrá que estar el gasto contabilizado en tu libro de gastos e inversiones.
- Que sean deducibles significa que recortan tus ingresos.
Estos son los principales gastos que puedes deducirte:
- Sueldos. Te puedes deducir todos los gastos relacionados con el pago de tus empleados, si los tienes. Por supuesto, también los Seguros Sociales. Además de cualquier pago extra relacionado con ellos, como seguros, gastos de formación o cheques restaurante.
- Profesionales. Si necesitas contratar cualquier profesional para desarrollar tu trabajo puedes desgravarte el gasto, por ejemplo, el de un gestor o un abogado.
- Consumos de explotación. Son aquellas compras que hayas realizado en 2018 relacionadas con tu actividad.
- Alquileres. Los gastos originados por el alquiler de cualquier bien inmueble que sea necesario para tu negocio son deducibles. También todos los gastos relacionados con el mantenimiento de este espacio.
- Gastos financieros. Todos los gastos que estén relacionados con las ayudas financieras que necesite tu negocio son deducibles.
- Amortizaciones. Te puedes deducir todas aquellas cantidades que estén contabilizadas y que sufran ciertos elementos de tu trabajo por su uso, disfrute, obsolescencia o funcionamiento.
- Tributos deducibles. Hay algunos tributos que puedes deducirte, como el IBI de tu local o el IAE.
- Seguros. Puedes deducir los seguros que pagues de salud, tanto el tuyo como el de tu cónyuge e hijos menores de 25 años que vivan en tu casa. El límite son 500 euros por persona, que aumenta a 1.500 euros en el caso de que alguno de los miembros de tu familia, incluido tú mismo, sufra una discapacidad.
- Suministros. Si trabajas en casa puedes deducirte un 30 % de todos los consumos. Siempre y cuando los hayas declarado ante Hacienda.
- Teléfono móvil. Si cuentas con una línea de teléfono móvil para desarrollar tu trabajo puedes deducirla en la declaración de la Renta.
- Mecenazgo. Puedes incluir en tu declaración todos aquellos gastos que se generen por tu participación en una actividad de interés general. Por ejemplo, en pro de la defensa de los derechos humanos o del medio ambiente.
- Vehículo. Para poder deducir los gastos de tu vehículo y de gasolina tienes que dedicarte al transporte de mercancías o viajeros, ser comercial o profesor de autoescuela.
- Vestuario. Podrás deducir todos los gastos relacionados con el vestuario que necesites llevar en tu actividad. Eso sí, para que se admita su deducción todas las prendas que adquieras y quieras desgravar tendrán que llevar el logotipo o anagrama de tu empresa. Tenlo en cuenta a la hora de encargar los uniformes.
- Dietas. Te puedes deducir hasta 26,67 euros al día en dietas, 48 fuera de España, sin pernocta. Con pernocta 53,34 euros, 91,35 euros si duermes fuera de España.
Existen otros gastos deducibles, pero lo cierto es que hemos enumerado los que son más frecuentes y más importantes. Es vital para ti como autónomo que aproveches esta posibilidad legal de pagar menos impuestos. Puede que controlar todos estos puntos, y otros, escape a tus posibilidades. Sí es así, lo más importante es que cuentes con el asesoramiento necesario para que tu declaración de la Renta sea lo más favorable posible.
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