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Factura electrónica para autónomos

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Fecha de publicación: 16/10/2023 | Fecha de revisión: 17/10/2023
Factura electrónica para autónomos
La implantación de la factura electrónica para autónomos está dando de qué hablar. La realidad es que, en base a la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de empresas, se han establecido una serie de fechas límite para que cualquier autónomo o pyme comience a emplear este tipo de factura. 

La obligatoriedad de la factura electrónica para autónomos se entiende dentro del contexto de digitalización de las empresas. En este sentido, la normativa sobre la factura electrónica sigue los mismos parámetros que la legislación europea al respecto. 

La implantación de la factura electrónica en las pymes españolas ya es una realidad creciente: en 2022, un 36,17% del total de facturas en las pymes españolas fueron electrónicas, un aumento del 3,34% en comparación con 2021. 

No obstante, en vistas a reconocer la diversidad de situaciones en que se encuentran las empresas y autónomos españoles, la ley ha establecido diferentes plazos en la obligación de factura electrónica para autónomos. Lo analizamos.

¿Qué debe tener una factura electrónica de autónomos?

Por un lado, es importante saber que una factura electrónica debe contar exactamente con los mismos datos que una factura convencional en papel, de acuerdo a lo establecido por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Nos referimos aquí a la fecha, numeración, y datos de los negocios, entre el resto de elementos exigibles.

No obstante, en el caso de la factura electrónica, se añade la necesidad de que su emisión y tramitación puedan realizarse a través de programas electrónicos. 

Por ello, la normativa al respecto especifica que la factura electrónica para autónomos debe garantizar las siguientes características:
  • Ser legible mediante un programa informático por aquel que la envía y aquel que la recibe.
  • Garantizar su autenticidad a través de una firma electrónica avanzada o certificado.
  • Conservar su integridad a través de un sistema de intercambio electrónico de datos (EDI) u otros medios aprobados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.


¿Qué dice la Ley Crea y Crece sobre la factura electrónica obligatoria para los autónomos?

La Ley Crea y Crece (oficialmente conocida como Ley de Creación y Crecimiento Empresarial) surge como norma orientada a impulsar el crecimiento de la pequeña y mediana empresa en España en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Entre las diversas medidas que propone, aparece la obligación de la factura electrónica para autónomos. En este sentido, supone un esfuerzo que ha convertido a España en pionera respecto a sus compañeros en la Unión Europea en la implantación de este tipo de documento electrónico. 

La normativa especifica en su artículo 12 que la factura electrónica será obligatoria en todas las operaciones entre autónomos y empresas, mediante el siguiente texto: “Todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos”.

Mediante este texto, aprobado en 2022, se establece así la factura electrónica para autónomos como un requisito legal para los autónomos en cualquier operación cuyo cliente sea otro autónomo o empresa.

¿Qué autónomos tendrán que utilizar la factura electrónica?

Cualquier autónomo cuyos clientes sean otros autónomos o empresas va a tener que emplear facturas electrónicas en los próximos años, independientemente de su volumen de facturación.

No obstante, se establecen dos plazos para la implantación de esta medida:
  • La factura electrónica para autónomos será obligatoria en un año desde que se apruebe el desarrollo reglamentario, para aquellos con una facturación anual mayor a los 8 millones de euros. Si se siguen los plazos previstos, se calcula que esto ocurrirá antes del fin de 2024.
  • El resto de empresas y autónomos tendrán que tener implantada la factura electrónica dos años después de que se apruebe el desarrollo reglamentario, independientemente de su facturación. De nuevo, si se siguen los plazos previstos, se calcula que esto ocurrirá antes del fin de 2025.
El Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas en lo referido a la factura electrónica entre empresas y particulares ha estado en consulta pública hasta 10 de julio de 2023.​ Hasta que no se publique en el BOE este desarrollo reglamentario, los plazos no empezarán a contar.

Principales sanciones por incumplir la factura electrónica

En vistas a garantizar la obligación de la factura electrónica para autónomos, la Ley Crea y Crece prevé multas de hasta 10.000 euros, dependiendo del tipo de infracción cometida.

En BeeDIGITAL te ayudamos a adaptarte a los cambios en la factura electrónica para autónomos. Descubre nuestra solución Kit Digital para Factura Electrónica, diseñada específicamente para pymes y autónomos. 

Fuentes:

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