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¿Qué debo hacer para cambiar un contrato temporal en un indefinido?

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¿Qué debo hacer para cambiar un contrato temporal en un indefinido?

Según datos proporcionados por el Ministerio de Empleo y la Seguridad Social, se realizaron un total de 21.501.303 contratos en 2017, de los cuáles 1.929.250 corresponderían con contratos indefinidos y el resto, 19.572.053, con temporales.

Dentro de los diferentes tipos de contrato de trabajo, es evidente una tendencia alcista enfocada a la materialización de los contratos temporales, a pesar de que los indefinidos resultan  mucho más productivos tanto para las empresas como para los empleados.

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Obligatoriedad del cambio

Hay muchas empresas que, al revisar los pros y contras de un contrato temporal, se plantean cambiar los contratos de sus empleados por iniciativa propia al finalizar el periodo de temporalidad, mientras que, en otras ocasiones, los convenios colectivos  provocan que los contratos deban cambiar de categoría.

Hay otras razones por las que se debe cambiar un contrato de temporal a indefinido. Por ejemplo, que no quede justificada la causa de la temporalidad en el contrato o el incumplimiento de alguna de las cláusulas provoca que, a efectos legales, éste se deba entender por indefinido.

Otra razón sería no dar de alta al trabajador en la Seguridad Social o hacerlo con retraso, en este caso el contrato también se consideraría indefinido.

 

Ventajas del cambio de un contrato temporal a uno indefinido

  • La estabilidad laboral es esencial en los proyectos a largo plazo, ya que éstos requieren de implicación personal por parte de los empleados.
  • Una estabilidad también favorece las políticas de formación dentro de la empresa y la creación de equipos de trabajo que sean capaces de solventar problemas y generar nuevas ideas de una forma más eficaz. Por ello, la motivación y la seguridad son necesarias.
  • Beneficios en la cotización a la Seguridad Social:

La bonificación en caso de conversión ordinaria, gracias al programa de fomento del empleo, es de 100 euros al mes durante un año si es a jornada completa, reduciéndose hasta 50 si es a media jornada.

Si la formalización de contrato indefinido se produce a partir de un contrato para la formación y el aprendizaje, las deducciones alcanzarían los 125 euros al mes, en el caso de los hombres, y 150 si la empleada es mujer. En total serían 1500 euros para trabajadores masculinos y 1800 para trabajadoras femeninas a lo largo de 3 años.

En los casos de pymes de menos de 50 trabajadores, las cuotas a deducir ascienden a 500 y 700 euros anuales, según cuantías por sexo, en el caso de que el cambio se produjese a partir de un contrato de prácticas, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.

Independientemente de su tamaño, también se conceden incentivos por la conversión de contratos de trabajadores desempleados menores de 30 años, menores de 35 con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, sin experiencia laboral o siendo la misma inferior a tres meses, acogiéndose al programa de primer empleo joven.

En estos casos, la cuantía también asciende a 500 euros en el caso de hombres y 700 en mujeres.

Para más información sobre otro tipo de conversiones, de contrato, como los celebrados por la ONCE o las aplicadas a víctimas de violencia de género, terrorismo y/o otras condiciones, consultar aquí.

 

¿Cómo convertir un contrato temporal en uno indefinido?

 

Para cambiar un contrato se deben realizar dos trámites: uno ante la Seguridad Social y otro ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Por una parte en la Seguridad Social (TGSS) es necesario entregar la documentación que acredita el cambio de contrato. No es necesario ni dar de alta ni de baja al empleado ya, que la relación laboral continua, simplemente cambian los términos de la contratación.

Respecto a los plazos de inscripción, para presentar los cambios a la Seguridad Social se disponen de seis días naturales que empiezan a contar a partir del momento en que la empresa acuerda el cambio con los trabajadores.

Mejorar presencia

Por otro lado, una vez realizado el trámite de la Seguridad Social, la empresa y el trabajador tienen diez días para presentar los documentos que acrediten este cambio de contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Este trámite es muy importante, ya que para que el cambio de contrato tenga validez, la empresa debe entregar un documento justificativo sobre su nueva condición de trabajador propio sellado.

El trabajador también puede pedir este justificante directamente a la SEPE si las circunstancias así lo propician. En este caso, el SEPE informara a las dos partes de que los trámites han sido finalizados.

El incumplimiento de estas directrices pueden suponer una infracción leve que puede ser sancionada con multas que oscilan desde los 60€ hasta los 625€, por lo que es importante consultar bien que todos los documentos oficiales pertinentes han sido debidamente entregados.

       

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