En las transacciones internacionales, uno de los mayores riesgos y temores del exportador es el desconocimiento del cliente extranjero y de su fiabilidad, lo que puede generar desconfianza sobre si cumplirá sus compromisos de pago. Para solucionar este problema se ha creado como método de pago el crédito documentario, en el cual la intervención de un banco asegura tanto a vendedor como a comprador que las condiciones del trato se van a respetar.

Qué es el crédito documentario

Los créditos documentarios son instrumentos de pago que funcionan de manera independiente del contrato que regula la compra-venta de bienes o servicios. De hecho, estos quedan moderados por las Reglas y Usos Uniformes relativos a los créditos documentarios-UCP 600 de la ICC (International Chamber of Commerce). Para evitar un nombre tan complejo y difícil de pronunciar, se suele hacer referencia a esta normativa como Brochure 600.

Tipos de créditos documentarios

  • Doméstico: El beneficiario del capital del crédito documentario es local y no se requiere que intervenga otra institución financiera. Se trata de una relación triangular entre el que recibe el crédito, el que lo ordena y el banco.
  • Contra pago: Con esta fórmula de crédito documentario el banco que lo emite se compromete a pagar en plazo a su beneficiario. El plazo puede regularse como pago a la vista, que resulta casi inmediato, o pago al vencimiento, que impone una fecha final para el cobro.
  • Contra aceptación: El crédito no está disponible hasta que se presentan los documentos necesarios y se establece una letra de cambio liberada a plazo por un banco. Esta entidad puede ser la misma que la del emisor.
  • Contra negociación: Es una figura similar a la anterior, pero algo más compleja. El banco negociador compra para el emisor de dicho crédito los derechos del beneficiario sobre dicha cantidad.
  • Revocables o irrevocables: Aunque por definición el crédito documentario es irrevocable y, por eso, se considera uno de los instrumentos de pago más seguros, puede emitirse uno específico en el que se considere la revocabilidad en determinadas circunstancias.
  • Comerciales o financieras: La diferencia entre estos dos tipos de créditos documentarios radica únicamente en el uso para el que se emiten. En el caso de operaciones de compra-venta son siempre créditos comerciales.
  • Nominativas o negociables: Este crédito documentario distingue entre aquellas operaciones que se deben hacer en un único banco o que pueden ser negociadas libremente. Si no se especifica, se trata de créditos negociables.

¿Cómo se solicita un crédito documentario?

De las partes intervinientes en el contrato, que son: ordenante, banco emisor y beneficiario, es el primero quien debe solicitarlo. También es habitual que haya bancos intermediarios en el lugar de origen del beneficiario. La solicitud del crédito documentario es el paso siguiente al acuerdo entre comprador y vendedor; con dicho acuerdo cierran las condiciones del negocio y convienen utilizar como medio de pago el crédito documentario.

En primer lugar, el ordenante se dirige a su banco para realizar la solicitud del crédito a favor del vendedor. Como en todo crédito, el banco emisor deberá valorar en primer lugar las garantías de pago que brinda el ordenante. Aunque el ordenante puede incluir los requisitos que crea necesario, las condiciones del crédito deben ser claras y tener coherencia, para lo que se evitará que haya cláusulas confusas o que se presten a una amplia interpretación.

¿Qué datos se debe incluir en la solicitud de un crédito documentario?

  • El nombre completo del beneficiario o exportador y su dirección.

  • Una breve descripción de la mercancía. Si esta se vende a granel, se permite una pequeña diferencia del 5 % en la cantidad, siempre que el coste de las disposiciones no supere el del crédito.

  • El nombre del banco donde se puede utilizar el crédito.

  • El importe del crédito, indicando si se trata de un importe aproximado o es el importe máximo.

  • La modalidad del crédito. Este puede ser: rotativo, transferible, back to back, stand-by, de cláusula roja, de cláusula verde, revocable o irrevocable. El crédito irrevocable puede ser confirmado o no confirmado por el banco notificador.

  • Se debe indicar si el crédito es utilizable contra pago (a la vista o diferido), contra negociación o contra aceptación.

  • Los Incoterms utilizados.

  • El medio de transporte escogido.

  • El lugar de embarque y destino de los productos. También se indicará si los transbordos y los embarques parciales están permitidos o prohibidos.

  • Los documentos requeridos.

  • La fecha límite de embarque y carga de la mercancía.

  • El período de tiempo que tiene el beneficiario para la presentación de los documentos para su aceptación, negociación o pago. De no establecerse un período, queda fijado en 21 días por las R.U.U.C.D. (Reglas y Usos Uniformes de Créditos Documentarios).

  • La manera de notificar el crédito, así como el nombre y dirección del banco notificador, indicando a quién avisar de la llegada de la mercancía.

  • La fecha de vencimiento del crédito, que es el límite que tiene el exportador para presentar los documentos en la oficina o banco donde el crédito documentario sea pagadero.

  • Si el beneficiario lo pide, una orden de confirmación por parte del banco intermediario.

Una vez solicitado y valorado el crédito por el banco emisor, en caso de aceptación se emite el crédito documentario y se suele solicitar a un banco del país del vendedor que le confirme a este que se ha aprobado. A continuación el vendedor envía la mercancía y presenta al banco intermediario o notificador los documentos exigidos en los condicionantes del crédito documentario.

Tras examinar los documentos, el banco notificador o confirmador paga al vendedor y envía los documentos al banco emisor, que los vuelve a examinar y paga al banco notificador. Cuando ya tiene todos los documentos, el ordenante retira la mercancía.

Si quieres solicitar un crédito documentario, estos son todos los datos que te pedirá el banco y la descripción del funcionamiento del crédito para que puedas solicitarlo con las máximas garantías.