La moratoria Verifactu llegó en un momento clave en el que el cumplimiento con esta nueva normativa relativa a los sistemas de facturación se acercaba mientras muchos aún se preguntaban qué era y cómo funciona Verifactu.
Una moratoria que amplió el plazo Verifactu para autónomos y empresas en un año adicional con respecto a las fechas de cumplimiento previstas en su momento. Así, con este nuevo plazo Verifactu, el cumplimiento para las empresas se retrasó hasta el 1 de enero de 2027, mientras que los autónomos podrán retrasar su cumplimiento hasta el 1 de julio de 2027.
Verifactu para pymes y autónomos llega para establecer garantías respecto a los sistemas de facturación electrónicos y fijar algunos requisitos clave para luchar contra el fraude. Un nuevo reglamento que, para empresas y autónomos, implica contar con plataformas de facturación que cumplan con las obligaciones Verifactu.
Verifactu se retrasa pero, ¿cuáles son las fechas exactas en que entrará en vigor y cómo pueden empresas y autónomos aprovechar estos meses para garantizar el cumplimiento? Lo abordamos a continuación.
¿Cuál es el nuevo plazo Verifactu y las fechas para la moratoria Verifactu?
Con la moratoria Verifactu, el nuevo plazo Verifactu para contar con plataformas de facturación que cumplan con los nuevos requisitos ha quedado así:
- Las personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán cumplir con Verifactu a partir del 1 de enero de 2027.
- El resto de autónomos y empresas deberán cumplir con Verifactu a partir del 1 de julio de 2027.
¿Cómo aprovechar la moratoria Verifactu para asegurar el cumplimiento?
La moratoria Verifactu ha reconocido algunos de los retos que empresas, pymes y autónomos estaban teniendo que enfrentar para lograr el cumplimiento. En este sentido, conviene aprovechar el nuevo plazo Verifactu para afrontar estos desafíos de forma sistemática, destacando algunos asuntos clave:
- Encontrar la plataforma de facturación adecuada: debe encontrarse un software que no solo cumpla los requisitos Verifactu, sino que también se adapte a las necesidades de cada empresa y autónomo. Porque los requisitos para la plataforma de facturación serán diferentes para un autónomo que emite unas pocas facturas al mes y para una empresa con 20 trabajadores y otra con cientos de empleados.
Como ejemplo, el software de Factura Electrónica de Beedigital busca adaptarse a las necesidades específicas de facturación de pymes y autónomos, siendo un software preparado para VeriFactu y cumplimiento de la normativa legal, pero también asequible y escalable.
En este sentido, la ampliación del plazo Verifactu permite analizar con más calma las necesidades específicas respecto al programa de facturación, comparar entre las opciones existentes en el mercado y realizar pruebas. Además, realizar la implementación con anticipación permite también acceder con anterioridad a los posibles recursos de formación y atención de la propia plataforma, evitando la “última hora” en la que los proveedores de software puedan tener un exceso de demanda.
- Necesidades de formación: la moratoria Verifactu implica también que empresas y autónomos tienen algunos meses más para formarse sobre qué implica esta transición exactamente y familiarizarse con nuevos procesos y programas de facturación. Conviene utilizar este tiempo para preparar más sesiones de formación (sin necesidad de formaciones de última hora) y periodos de adaptación progresiva.
- Integración con el ecosistema digital: la ampliación del plazo Verifactu a 2027 permite igualmente resolver con mayor holgura posibles integraciones de software necesarias para que la solución de facturación funcione correctamente en el ecosistema digital específico de la empresa o el autónomo.
En este sentido, utilizando el tiempo de forma estratégica, la moratoria Verifactu puede convertirse en una aliada fundamental para garantizar una transición adecuada. Con más tiempo para encontrar una plataforma e integrarla en los procesos internos, autónomos y empresas de todos los tamaños están mejor posicionados para conseguir el cumplimiento normativo, analizando todas las opciones a su disposición y eligiendo la que mejor se adapte a sus necesidades y entornos digitales.
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Fuentes:
Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF), Agencia Tributaria, 2025
