El autónomo económicamente dependiente, también conocido como TRADE, es una de las figuras a las que, como autónomo, puedes llegar a enfrentarte algún día. Por si no sabes qué es un TRADE, te lo explicamos rápidamente.

Qué es un autónomo TRADE

Un autónomo económicamente dependiente es aquel que depende de una sola empresa, ya que esta proporciona el 75 % de los ingresos mensuales al autónomo. Pues bien, es posible que a lo largo de tu carrera como autónomo te encuentres la posibilidad de convertirte en un TRADE. Ante esta situación, lo lógico es que te preguntes si realmente te conviene o no tener este trato. Vamos a analizar los pros y los contras de esta figura para que sepas a qué atenerte en todo momento.

¿Cuándo se es un autónomo TRADE?

Además de depender económicamente de un mismo cliente, para ser considerado TRADE el autónomo tiene que cumplir una serie de requisitos:

  • El autónomo no debe tener trabajadores contratados.

  • Solo puede declararse dependiente de un solo cliente.

  • No se puede subcontratar el trabajo del cliente a otros trabajadores, ni en su totalidad, ni en parte.

  • Las actividades que realice el autónomo TRADE no tienen que ser las mismas que las que esté desarrollando un empleado de la empresa contratante.

  • Ser independiente en su trabajo; eso sí, siempre bajo las directrices de la empresa que contrata.

  • Disponer de un espacio de trabajo propio, además de disponer de todos los materiales necesarios para el desarrollo de la actividad en condiciones óptimas.

  • Recibir la cuantía económica estipulada por ambas partes en el contrato.

  • Asimismo, el autónomo TRADE deberá asumir el riesgo de las actividades que está realizando para terceros.

Ventajas de ser un autónomo económicamente dependiente

Empezaremos por analizar los pros que esta figura lleva implícitos:

  • La primera, y la más conocida por todo el mundo, está íntimamente relacionada con motivos económicos. Que una empresa se encargue de ingresarte mensualmente el 75 % del salario que percibes es tranquilizador en cuanto a estabilidad económica.
  • Al ser un autónomo económicamente dependiente, mantienes las ventajas de ser autónomo: libertad horaria, ser tu propio jefe, llevar el negocio a tu manera…
  • Además de las ventajas de ser autónomo, obtienes también las ventajas de depender de una empresa. Nos explicamos: al ser autónomo económicamente dependiente, la empresa tiene la obligación de firmar contigo un contrato. En dicho contrato debe especificarse la duración de este, la percepción económica que vas a percibir por los trabajos desarrollados, y debe citarse expresamente la condición de que eres un autónomo económicamente dependiente. Con esto te proteges frente a posibles despidos improcedentes o ejecutados antes de la finalización de contrato ya que, de ocurrir así, tendrías derecho a una indemnización.
  • Otra de las ventajas es que puedes trabajar con cuantas empresas quieras. Un contrato de autónomo económicamente dependiente solo estipula como requisito el que una misma empresa aporte el 75 % de los ingresos como mínimo, con lo que el 25 % restante puedes conseguirlo de cuantas empresas quieras.
  • Tienes derecho a disfrutar de unas vacaciones de, por lo menos, 18 días hábiles al año.
  • El permiso de maternidad no depende del tiempo mínimo de cotización exigido en otros casos.

Inconvenientes de un autónomo económicamente dependiente

Sin embargo, no es oro todo lo que reluce. Con esto queremos decir que no solo existen ventajas en esta figura laboral. Para poder hacerte una idea completa de si te conviene o no ser un TRADE, también necesitas conocer sus inconvenientes:

  • El primero, al igual que en las ventajas, está estrechamente unido al tema económico. Recibir el 75 % de los ingresos de una sola empresa es un arma de doble filo ya que, en el caso de que la empresa cierre, perderías la mayor parte de tus ingresos.

  • Al firmar este tipo de contrato, renuncias a tener trabajadores a tu cargo o a subcontratar parte del trabajo, con lo que eso puede limitarte a la hora de hacer crecer tu negocio.

  • Si bien es cierto que tienes derecho a vacaciones, estas no son remuneradas.

  • Las cuotas a la Seguridad Social y las declaraciones de IVA e IRPF corren por cuenta del autónomo y no de la empresa contratante, con lo que esto puede suponer en gastos extras de asesoría.

  • En cuanto a contar con una infraestructura propia, tal como local u oficinas, el contrato es claro: no se puede, por lo que tendrás que trabajar desde tu casa o bien desde la oficina del cliente principal si llegáis a ese acuerdo.

¿Es un contrato diferente el del autónomo TRADE?

Sí. Lo primero que hay que tener claro si un autónomo se considera TRADE es que debe informar al cliente de que es económicamente dependiente de él, para que esto conste en el contrato. En este caso, el cliente es posible que solicite al autónomo TRADE que acredite su situación.

Una vez firmado el contrato con todas las características correspondientes (identificación completa de las partes participantes, objeto y descripción de las actividades que se van a desarrollar, y fecha de inicio y finalización del contrato, como mínimo) se deberá depositar este, en el plazo máximo de diez días, en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal, avisando al cliente en cinco días hábiles de que el contrato TRADE ya se ha registrado.

Con todo esto hay que saber que la firma del contrato y su posterior registro no supone que el autónomo TRADE tenga una seguridad laboral, aunque gracias a este contrato su protección es algo mayor que la del resto de los autónomos.

Estas son algunas de las principales características de los autónomos TRADE. Si necesitas los servicios de alguno de ellos, puedes solicitarlos en nuestra página web.